Bajo el nombre de "Cosicas del Lugar" el 11-02-2011 nace este nuevo blog que quiere dedicarse a informar exclusivamente sobre asuntos de política municipal, siempre con respeto y objetividad.

14 enero 2012

EL ESTATUTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EXPOSICIÓN PÚBLICA

El Estatuto de Participación Ciudadana, una vez aprobado inicialmente por el Pleno de diciembre, se encuentra en periodo de exposición pública, terminando el plazo para presentar alegaciones el día 13 de febrero.

1.-¿Qué es el Estatuto de Participación Ciudadana?
Es un instrumento legal que debe servir para favorecer, facilitar y hacer más eficaces los mecanismos que posibilitan una participación efectiva de la ciudadanía en la vida política, cultural, económica y social, fomentando el asociacionismo y el voluntariado y regulando los derechos de la condición ciudadana como son el derecho a la información, el derecho de petición, de propuesta, de consulta y de iniciativa ciudadana, el de ser escuchado y el de intervenir en los plenos, etc.

2.-¿Cuáles son los derechos ciudadanos que regula?
-Derecho a la información sobre la gestión de los servicios municipales, pudiendo solicitar por escrito información sobre actuaciones municipales y obtener copias y certificaciones acreditativas de los acuerdos del Ayuntamiento.
-Derecho a hacer peticiones o solicitudes a los órganos municipales para obtener información o aclaraciones sobre las actuaciones del Ayuntamiento.
-Derecho a elevar a cualquier autoridad u órgano municipal propuestas de actuación, comentarios o sugerencias en materias de competencia municipal o de interés local.
-Derecho a ser consultado a través de una “consulta popular” sobre asuntos de competencia municipal que tengan especial importancia para los intereses de los vecinos, excepto los relativos a las Haciendas Locales.
-Derecho a ejercer la iniciativa ciudadana presentando proyectos de estatuto, actuaciones o actividades en materia municipal, que deberá ir suscrita, al menos, por el 10% de los vecinos censados en el municipio mayores de 18 años.
-Derecho de audiencia pública para ser informados y escuchados respecto a temas de competencia municipal por la Alcaldía y/o Concejalía correspondiente, ya sea a iniciativa propia o bien a petición de las entidades o colectivos ciudadanos.
-Derecho a solicitar la incorporación de una proposición en el orden del día de los Plenos municipales, siempre que se presente un número significativo de firmas acreditadas de la población mayor de 18 años.
-Derecho a solicitar intervenir en los Plenos en el turno de Ruegos y Preguntas.

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